Identificación
del paciente ¿debo dar mi nombre?
Información y consejos sanitarios en
procedimientos radiológicos
Si bien, orientaré la
entrada hacia la problemática de esta cuestión en relación con los servicios de
radiología, el resto de servicios sanitarios, tampoco están exentos de implicarse
en ello.
Sin ir más lejos, hace unas
semanas, a una compañera, la identificaron en un hospital con la pulsera de una
señorita 20 más joven que ella, y a mi señora madre le dieron una cita a nombre
de un señor, en otro. Debió ser fruto de la casualidad, seguramente, y a lo
sensibilizada que estaba tras realizar una sesión formativa del tema donde
trabajo, seguro. Y es que no son errores sanitarios tan sonoros como otros que
sí han trascendido pero ahí queda la evidencia de que todos nos podemos
equivocar y podemos ser víctimas de esos “pequeños errores” (o quizá no tan
pequeños).
¿DE DONDE SURGE LA IMPORTANCIA DE ESTA
CUESTIÓN?
En el año 2007, hace justo 10 años, la Organización Mundial de la Salud (OMS) analizó los eventos adversos y el resultado fue que uno de cada 10 pacientes en el mundo sufre un fallo evitable en la atención sanitaria, es decir, la friolera del 10% de los pacientes sufría un daño relacionado con la actividad sanitaria recibida. Y es, a partir de este análisis cuando define “las nueve soluciones para la seguridad del paciente”, y una de ellas es precisamente la identificación del paciente como herramienta para reducir estos daños.
¿Qué aconseja la OMS a los pacientes sobre este tema?
Simplemente que el paciente y su familia han de ser partícipes en la correcta
identidad y es tarea de los profesionales educarles en ello. Por ello DEBEN
-
Conocer los riesgos que entraña una identificación incorrecta
- Verificar su identidad para confirmar que es correcta
- Identificarse antes de que se les realice cualquier acción incluidas las pruebas
diagnósticas: radiografías, tomografías, resonancias magnéticas, ecografías o
administración de contrastes radiológicos
- Ser partícipes y hacer preguntas para mejorar su atención sanitaria.
Esto son recomendaciones pero ¿realmente estoy obligado a decir quién soy
cuando acudo a un centro sanitario?
En base a la legislación vigente, SI existe esta obligación (3 ejemplos):
1- Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, de 25 de abril)
Según su artículo 35 es una infracción
grave “La resistencia a suministrar datos, facilitar información o prestar
colaboración a las autoridades sanitarias o a sus agentes”. Esta falta es
sancionada con multa económica de entre 3.000 y 15.000 euros (aproximadamente),
pudiendo ser superior la cuantía.
2-
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica
reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia
de información y documentación clínica. Aunque, desde mi humilde punto
de vista, no queda muy bien definido, este deber, si dice que “Los pacientes o
usuarios tienen el deber de
facilitar los datos sobre su estado físico o sobre su salud de manera leal y
verdadera.”
3- Las Comunidades Autónomas también han legislado
sobre estos derechos y obligaciones de los pacientes, y en la Comunidad
Valenciana (Ley 1/2003), por ejemplo: su
artículo 31 nos dice que una de las obligaciones del paciente es “facilitar
de forma veraz sus datos”
¿y si doy mis datos? ¿seguiré estando protegido? ¿o se pueden difundir?
Estas mismas leyes mencionadas arriba, junto a las
relacionadas con la protección de datos, impiden que nuestros datos clínicos
puedan ser difundidos o incluso consultados por otros profesionales ajenos a
nuestro proceso.
Además, La Agencia Española de Protección de Datos
define una serie de datos de alta protección y entre ellos se encuentra la
historia clínica.
Toda “filtración” sobre este tema, claro está,
conllevará unas sanciones definidas y por tanto, sólo bajo nuestro consentimiento
podrán hacerse uso o difundirse este tipo de datos.
¿Y entonces como debo actuar al llegar a un centro sanitario?
Cuando requiera asistencia sanitaria, debe dar sus
datos personales verdaderos: nombre, apellidos, domicilio, teléfono y
aportar su tarjeta sanitaria (o documento que le acredite como beneficiario del
sistema) junto a su documento de identidad.
Con esto abrirán su historia clínica o documento de
asistencia con el que le atenderán.
Cada vez que alguien le pregunte por su nombre deberá
facilitarlo (y esto no piense que es porque no sabemos leer, sino más bien para
asegurarnos de que usted es quien pensamos que es o la persona cuyos papeles
nos han entregado).
¿Y
qué pasa con los Servicios de Radiología?
Simplemente, que también nos podemos equivocar, máxime
cuando la demanda de exploraciones es elevada en un corto plazo de tiempo.
Algunos estudios indican que se generan errores en
casi una de cada 1000 exploraciones, estando el 20% de ellos relacionados con
la identificación del paciente. (Ciertamente son pocos, si, pocos siempre y cuando no nos afecte como paciente).
¿Y cómo identifican los profesionales de radiología?
La entrada del paciente puede ser ambulatoria (cita
previa) o por urgencias, ya sean hospitalarias o desde un centro de salud o
consulta externa.
Dos maneras de “llamarle”:
- Por el nombre, de voz
- Mediante sistema de llamada del paciente codificada (o
no) mediante pantallas
Manera en que le van a recibir:
- El profesional debe presentarse
- Y le preguntará siempre dos de los siguientes datos:
o Nombre y
apellidos
o Fecha
completa de nacimiento
o Número de
tarjeta sanitaria
Ya hemos visto que usted tiene el deber de
identificarse y de colaborar para que sus datos sean los correctos.
¿y qué pasa cuando el paciente no puede
contestar (inconsciente, ancianos frágiles, barrera idiomática)?
En estos casos,
-
la presencia de un familiar o cuidador será siempre bien recibida
¿Y a parte de lo que dice el paciente, donde más busca el profesional?
Si lo hay, revisará
- pulsera identificativa (paciente ingresado o de
urgencias hospitalarias)
-
su hoja de citación o historia clínica
- la solicitud de la prueba asegurándose de que la
exploración está relacionada con su dolencia.
Una vez tenga la certeza de que es usted y no otra
persona, antes de iniciar el estudio:
- Verificará que sus imágenes quedarán registradas a su
nombre (seleccionará en el equipo el estudio que va a su nombre, sólo de esta
manera podrán quedar archivadas las imágenes obtenidas de manera adecuada).
- Finalizado el procedimiento, las imágenes digitalizadas
se envían al llamado PACS (sistema de archivo de imágenes)
- En caso de ser imágenes no digitales se rotulará su
nombre en ellas y se introducirán en un sobre con sus datos también.
Es obligación de toda persona que atiende al paciente verificar
siempre su identidad: radiólogo, técnico superior en imagen para el
diagnóstico, enfermeras, técnico en cuidados auxiliares de enfermería,
administrativos, etc.
Es obligación de todos los profesionales que
intervienen en el procedimiento radiológico comprobar que el estudio queda
identificado correctamente: lateralidad, posición, identidad del paciente, etc.
¿Y si llego y nadie me pregunta quien soy? ¿debo fiarme?
Si no le preguntan, aconsejo
1- Hable usted y de su nombre
antes de que inicien la exploración.
2- Mire el equipo, los más modernos presentan pantallas incorporadas en la sala de exploración que
muestran el nombre del paciente, y siempre podrá echarles un vistazo.
RECUERDE si conseguimos:
- › Paciente adecuado
- › Momento adecuado
- › Procedimiento adecuado
Aportaremos
seguridad al paciente (en este caso usted), ahorraremos
costes y más de un sobresalto.
¿Se imagina que tiene una patología y sus imágenes
quedan guardas a nombre de otra persona? ¿y viceversa? Esto podría equivaler
- a no ser correctamente diagnosticado, a no ser tratado y empeorar, o
- a realizarse más exploraciones innecesarias, riesgo de nuevos
errores, mayor radiación y someterse a pruebas dolorosas, entre otras.
¡todo por un “simple” error en la identificación!
En cuanto a los sistemas de identificación en los
hospitales, actualmente, y más allá de las pulseras identificativas, se están
desarrollando otros que pueden aportar mayor seguridad, como ejemplo el que
tiene ya el hospital de la Arrixaca de Murcia (enlace Aquí)
Más información para profesionales:
Protocolos
de identificación de pacientes de algunas Autonomías:
1.
Junta de Andalucía- Consejería de Salud. Estrategia para la seguridad del
paciente del SSPA. Procedimiento general de identificación del paciente en http://www.juntadeandalucia.es/agenciadecalidadsanitaria/observatorioseguridadpaciente/gestor/sites/PortalObservatorio/es/galerias/descargas/practicas_seguras/procedimiento_identificacion_pacientes.pdf
2. Complejo hospitalario universitario de Albacete- Sescam en: http://www.chospab.es/publicaciones/protocolosEnfermeria/documentos/95b881379d9c6adcb509d400ffe09cd7.pdf
3.
Generalitat de Catalunya. Departament de Salut. Aliança per a la Seguretat dels
Pacients a Catalunya. Procediment operatiu per a la identificació adequada dels
pacients. Recomanacions per a Centres Hospitalaris en http://www.seguretatpacient.org/cms/fileadmin/documents/Procediment_Operatiu.pdf
Sesión formativa: Identificación del paciente en Servicios
de Radiología que realicé en mayo de 2017: enlace Aquí
Bibliografía
consultada:
1.
Organización Mundial de la Salud. Nota de
prensa La OMS lanza "Nueve soluciones para la
seguridad del paciente" a fin de salvar vidas y evitar daños consultado en
http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2007/pr22/es/
2.
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de
Sanidad.
3.
LEY 1/2003, de 28 de enero, de la Generalitat,
de Derechos e Información al Paciente de la Comunidad Valenciana
4. De
Lorenzo Abogados, Guía básica para el cumplimiento de la ley orgánica de protección
de datos en el sector sanitario https://www.delorenzoabogados.es/docs/guia_sec_san.pdf
5. Agencia
española de protección de datos, Datos especialmente protegidos en http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/datos_esp_protegidos/index-ides-idphp.php
6 Ayuda ley protección de datos, 10 Preguntas frecuentes sobre protección
de datos de salud https://ayudaleyprotecciondatos.es/2016/04/24/datos-sanitarios-seguridad/
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.